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I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Juventud y Deporte
17 ORDEN4072/2016,de28dediciembre,delaConsejeríadeEducación,Juventud
yDeporte,deseleccióndeInstitutosPúblicosdeEducaciónSecundariaenlosque
se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés en el
curso2017-2018.
Enelcurso2004-2005laConsejeríadeEducaciónpusoenmarchaelproyectodirigi-
doaimplantarenseñanzasbilingüesespañol-inglésen26colegiospúblicosdelaComuni-
daddeMadrid.Desdeentonces,sehanrealizadotrececonvocatoriaspúblicasque,añotras
año, han permitido extender la implantación de este sistema a un número cada vez mayor
decolegios.
ConelfindegarantizarlacontinuidaddelmodelobilingüeenlaEducaciónSecunda-
ria Obligatoria, la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid aprobó la Or-
den3331/2010,de11dejunio,porlaqueseregulanlosinstitutosbilingüesdelaComuni-
daddeMadrid.Enelcursoescolar2012-2013sepublicólaOrden29/2013,de11deenero,
porlaquesemodificalaOrden3331/2010,de11dejunio,porlaqueseregulanlosinsti-
tutos bilingües de la Comunidad de Madrid. Enellasedisponelaorganizacióndelaense-
ñanzaenespañol-inglésenlaEducaciónSecundariaObligatoriayseestablecenlosrequisi-
tos que han de reunir, tanto los alumnos que reciban estas enseñanzas, como los profesores
quelasimpartan.
ElpróximocursoseincorporaránalaetapadeEducaciónSecundarialosalumnospro-
cedentesdelos35colegiosqueseincorporaronalprogramaenelcurso2011-2012,porlo
queesprecisoatendersuprogresivaextensiónyasegurareldesarrollodelaenseñanzabi-
lingüeenestaetapa.Atravésdelaorden,seconvocaalosinstitutospúblicosdeeducación
secundaria con el objeto de seleccionar los nuevos centros en los que se llevará a cabo la
implantacióndelaenseñanzabilingüeespañol-inglésapartirdelcursoescolar2017-2018.
LaOrdenregulalosrequisitosparaparticiparenlaconvocatoria,requisitosquetam-
biénseespecificanenlosanexos,parafacilitarsuconocimientoycomprensión,asícomo
la aportación de la documentación que han de presentar los centros solicitantes. La docu-
mentación que se requiere es la imprescindible para que la Comisión de Selección que se
crearáalefectovalorequéinstitutospúblicosreúnenlascondicionesparaimplantarlaen-
señanzabilingüeespañol-inglés.
Por todo ello, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
MadridhadecididoseleccionarlosinstitutospúblicosdeEducaciónSecundariaenlosquese
llevaráacabolaimplantacióndelaenseñanzabilingüeespañol-inglésenelcurso2017-2018.
LaconvocatoriaparalaseleccióndeInstitutosPúblicosqueimplantaránelProgramaBi-
lingüeelpróximocurso2017-2018,sevienerealizandocadacursoescolarparaatenderalas
necesidades de continuidad de dicho programa al finalizar la etapa de educación primaria.
DichaconvocatoriaseencuadradentrodelDecreto48/2015,de14demayo,delCon-
sejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la
EducaciónSecundariaObligatoriaydelacitadaOrden3331/2010,de11dejunio,porlaque
se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid, modificada por la Or-
den29/2013,de11deenero.Ambasnormasdictadasenelmarcodelanormativaestataly
al amparo de las competencias atribuidas por el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, conforme al cual, le corresponde la
competenciadedesarrollolegislativoyejecucióndelaenseñanzaentodasuextensión,ni-
velesygrados,modalidadesyespecialidades,deacuerdoconelartículo27delaConstitu-
7
ciónyleyesorgánicasqueconformeelapartado1delartículo81delamismaladesarrollen. -1
2
EntrelanormativaestataldestacanlaLeyOrgánica2/2006,de3demayo,deEduca- 0
1
ción(LOE),modificadaporlaLeyOrgánica8/2013,de9dediciembre,paralamejorade 70
1
lacalidadeducativa(LOMCE),queestablececomounodelosfinesdelsistemaeducativo 0
2
la capacitación para la comunicación en una o más lenguas extranjeras; así como el Real -
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Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la C
EducaciónSecundariaObligatoriaydelBachillerato. O
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Y conforme al Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el
queseestablecelaestructuraorgánicadelaConsejeríadeEducación,JuventudyDeporte,
estaconsejeríaeselórganodelaComunidaddeMadridalqueseatribuyenlascompeten-
ciasdeestaadministraciónautonómicaenrelaciónconlaeducaciónyenconsecuenciaes
lacompetenteparaaprobarlapresenteOrden.
Atalfin,ydeconformidadconelartículo41delaLey1/1983,de13dediciembre,de
GobiernoyAdministración,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto
Constituye el objeto de la presente Orden regular la selección de institutos públicos de
Educación Secundaria que implantarán enseñanzas bilingües español-inglés a partir del cur-
so2017-2018,deacuerdoconlaOrden3331/2010,de11dejunio,delaConsejeríadeEduca-
cióndelaComunidaddeMadrid,porlaqueseregulanlosinstitutosbilingüesdelaComuni-
daddeMadridylaOrden29/2013,de11deenero,porlaquesemodificalaOrden3331/2010,
de11dejunio,porlaqueseregulanlosinstitutosbilingüesdelaComunidaddeMadrid.
Artículo 2
Destinatarios y requisitos del profesorado
1. Destinatarios: Podrán participar en esta convocatoria los institutos públicos de
EducaciónSecundariadelaComunidaddeMadrid.
2. Requisitosdeformacióndelprofesorado:
a) Los profesores de la especialidad de Lengua extranjera: inglés que impartan do-
cencia en la sección bilingüe deberán contar con la correspondiente acreditación
paraimpartirelCurrículodeInglésAvanzadodeacuerdoconloestablecidoenel
artículo 6.b) de la Orden 3331/2010, de 11 de junio, de la Consejería de Educa-
cióndelaComunidaddeMadrid,porlaqueseregulanlosinstitutosbilingüesde
laComunidaddeMadrid.
b) Los profesores de otras materias deberán contar con la correspondiente habilita-
ción lingüística para el desempeño de puestos bilingües, de acuerdo con lo esta-
blecido en el artículo 6.a) de la Orden 3331/2010, de 11 de junio, de la Conseje-
ríadeEducacióndelaComunidaddeMadrid,porlaqueseregulanlosinstitutos
bilingüesdelaComunidaddeMadrid.
c) Los profesores a los que hacen referencia los apartados anteriores adquieren el
compromisodeparticiparenlasenseñanzasbilingües,asícomoenlasactividades
deformaciónnecesariasparagarantizarlacalidaddedichasenseñanzas.
Artículo 3
Solicitudes, documentación y plazo de presentación
1. Solicitudes:LosinstitutosdeEducaciónSecundariaquedeseentomarparteenla
presente convocatoria dirigirán su solicitud a la Consejería de Educación, Juventud y De-
porte,segúnAnexoI.
La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañar-
las, se realizará en el Registro electrónico de la Consejería de Educación, Juventud y De-
porteoenlosdemásregistrosprevistosenelartículo16.4a)delaLey39/2015de1deoc-
tubre,deProcedimientoAdministrativoComúndelasAdministracionesPúblicas
La solicitud se encontrará a disposición de los centros interesados en la dirección de
Internetwww.madrid.org
Las solicitudes podrán además cumplimentarse de manera telemática a través de la 7
1
plataformaEducaMadrid.LacumplimentacióndelassolicitudessegúnAnexoIserealiza- -
2
rá accediendo con los datos de usuario y contraseña de la cuenta institucional del centro, 0
1
cuyousoycustodiasonresponsabilidaddeldirectordelmismo. 70
1
Si la solicitud no reuniera los requisitos que señala el artículo 66, de la Ley39/3015, 0
2
se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe -
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losdocumentospreceptivos,conindicacióndeque,siasínolohiciera,seletendráporde- C
sistidodesupetición. O
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2. Documentaciónquedebepresentarelcentrojuntoconlasolicitud(AnexoI):
a) Anexo II: Propuesta de Proyecto de centro bilingüe con información relativa al
centro, a su experiencia educativa y a los recursos con los que cuenta para hacer
viablelaimplantacióndelprograma.
b) AnexoIII:CertificadodelaaprobaciónporelConsejoEscolardelcentrodelaso-
licituddeparticipaciónenlaconvocatoriaensesióncelebradadentrodelplazoes-
tablecidoenlaconvocatoria.
c) AnexoIV:CertificacióndelaaprobaciónporelClaustrodelcentrodelasolicitud
de participación en la convocatoria en sesión celebrada dentro del plazo estable-
cidoenlaconvocatoria.
d) AnexoV:CompromisoindividualdeparticipaciónenelProgramaBilingüedelos
profesores de la especialidad Lengua extranjera: inglés y profesores habilitados
paraeldesempeñodepuestosbilingüescondestinodefinitivoenelcentro.
e) AnexoVI:PropuestadeuncandidatoparasunombramientocomoCoordinadoro
JefedeEstudiosAdjunto,segúnproceda,deacuerdoconloestablecidoenlaOr-
den3331/2010,de11dejunio,ylaOrden29/2013,de11deenero,porlaquese
modificalaOrden3331/2010,de11dejunio,porelqueseregulanlosinstitutos
bilingüesdelaComunidaddeMadrid.
f) Anexo VII: Relación de los funcionarios de carrera con destino definitivo en el
centroyconlaespecialidaddeLenguaextranjera:inglés;funcionariosdecarrera
condestinodefinitivoyconlaespecialidaddeLenguaextranjera:inglésacredita-
dosparaimpartirelCurrículodeInglésAvanzado;yfuncionariosdecarreracon
destinodefinitivoyhabilitadosparaimpartirdocenciaeninglés.
g) AnexoVIII:CompromisoindividualdeparticipaciónenelProgramaBilingüede
aquellos Directores o Jefes de Estudio que reúnan algunas de las siguientes con-
diciones:
1.a SerespecialistadeLenguaextranjera:inglés.
2.a SerespecialistadeLenguaextranjera:inglésconlaacreditaciónparaimpartir
elCurrículodeInglésAvanzado.
3.a EstarhabilitadoparaimpartirenseñanzasbilingüesenLenguaextranjera:inglés.
4.a AcreditarunnivelmínimoB2enlenguainglesa(sólosereconoceránlostítu-
losrecogidosenelAnexoVIII).
3. Plazodepresentación:Elplazodepresentacióndesolicitudescomenzaráeldíasi-
guientealdelapublicacióndelapresenteOrdenenelBOLETÍNOFICIALDELACOMUNI-
DADDEMADRIDyfinalizaráel24deenerode2017.
Artículo 4
Selección de los centros
1. Criteriosdeselección:Lavaloracióndelassolicitudespresentadasserealizaráte-
niendoencuentalossiguientescriterios:
a) Proximidadauncolegiopúblicobilingüeconalumnosescolarizadosenelprograma
bilingüeensextocursodeeducaciónprimariaduranteelcursoescolar2016-2017:
Hasta15puntos.
b) Profesorado:Hasta25puntos.
— Númerodeprofesorescondestinodefinitivoenelcentroconlaespecialidad
Lenguaextranjera:inglés,conosinacreditaciónparaimpartirelCurrículode
“Inglés Avanzado”, así como de profesores que cuenten con la correspon-
dientehabilitaciónlingüísticaparadesempeñarpuestosbilingüesyquehayan
adquiridoelcompromisodeparticiparenelprograma.
— PropuestadeuncandidatoparasunombramientocomoCoordinadoroJefede
Estudios Adjunto, según proceda, de acuerdo con lo establecido en la Or-
7
den3331/2010,de11dejunio,ylaOrden29/2013,de11deenero,porlaque 1
-
semodificalaOrden3331/2010,de11dejunio,porlaqueseregulanlosins- 2
0
titutosbilingüesdelaComunidaddeMadrid. 01
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c) NiveldeinglésdelosmiembrosdelEquipoDirectivo:Hasta10puntos. 01
2
d) GradodeapoyodelClaustroydelConsejoEscolar:Hasta25puntos. -
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e) Valoracióndelproyectobilingüe.Setendráencuentalaviabilidaddelproyectoy C
laorganizacióndelasenseñanzasbilingüesenelcentrodeacuerdoconlaOrden O
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3331/2010,de11dejunio,ylaOrden29/2013,de11deenero,porlaquesemo-
dificalaOrden3331/2010,de11dejunio,porlaqueseregulanlosinstitutosbi-
lingüesdelaComunidaddeMadrid.Asimismo,sevalorarálaexperienciaeduca-
tiva del centro, las características lingüísticas de la plantilla del profesorado (ser
especialistadeLenguaextranjera:inglés,estaracreditadoparaimpartirelcurrícu-
lodeinglésavanzado,oestarenposesióndelahabilitaciónlingüísticaparaelde-
sempeñodepuestosbilingües),elcompromisoindividualdelequipodirectivo,los
recursosdisponibles,yelusoqueestablezcaelequipodirectivodelcriteriocom-
plementarioparalaadmisióndealumnos,conelfindegarantizarlaviabilidady
eléxitodelproyecto:Hasta25puntos.
2. Necesidades de la Administración Educativa: cuando para dar continuidad a las
enseñanzasbilingüesdelosalumnosquepromocionandeEducaciónPrimaria,seconside-
renecesarialaincorporaciónalsistemabilingüedeundeterminadoInstitutodeEducación
Secundaria que haya participado en la convocatoria, la Comisión de Selección podrá pro-
ponerlaimplantacióndelbilingüismoendichocentroconcarácterpreferente,previoinfor-
mefavorabledelaInspecciónEducativa.
Artículo 5
Comisión de selección
LaConsejeríadeEducación,JuventudyDeportellevaráacabolaseleccióndecentros
medianteunaComisiónconlasiguientecomposición:
a) Presidente:ConsejerodeEducación,JuventudyDeporte.
b) Miembros:
— ViceconsejeradeEducaciónnoUniversitaria,JuventudyDeporte.
— ViceconsejeradeOrganizaciónEducativa.
— DirectorGeneraldeInnovación,BecasyAyudasalaEducación.
— DirectorGeneraldeEducaciónInfantil,PrimariaySecundaria.
— DirectoraGeneraldeRecursosHumanos.
— DirectoresdeÁreaTerritorial.
LaComisión,quepodrárecabardelaInspecciónEducativalosinformesoportunosso-
bre los centros solicitantes, valorará las solicitudes presentadas y las baremará de confor-
midadconloscriteriosdeselecciónrecogidosenlaconvocatoria.
Noobstante,talycomoseindicaenelartículo4,apartado2deestaOrden,laComi-
siónpodráproponerlaimplantacióndelaenseñanzabilingüeespañol-inglésenunInstitu-
to de Educación Secundaria que haya participado en esta convocatoria en los términos en
losquesedetallaenelmismo.
LaComisiónformularáPropuestadeResolucióndelaconvocatoria,queseelevaráal
ConsejerodeEducación,JuventudyDeporte,queresolverámedianteorden.DichaOrden
sepublicaráenelBOLETÍNOFICIALDELACOMUNIDADDEMADRID.
Laconvocatoriaseresolveráenelplazomáximodedosmeses,apartirdeldíaenque
finaliceelplazodepresentacióndelassolicitudes.
Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse re-
cursopotestativodereposiciónanteeltitulardelaConsejeríadeEducación,JuventudyDe-
porte en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, de
acuerdoconlodispuestoenlosartículos123y124delaLey39/2015,de1deoctubre,del
ProcedimientoAdministrativoComúndelasAdministracionesPúblicas.
Noobstante,podráoptarseporinterponerdirectamenterecursocontencioso-adminis-
trativoantelaSaladeloContencioso-AdministrativodelTribunalSuperiordeJusticiade
Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio,reguladoradelaJurisdicciónContencioso-Administrativa,enelplazodedosmeses,
a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, o de seis meses a partir del día
siguienteaaquelenquedebaentenderseproducidoelactopresunto.
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Nosepodráinterponerrecursocontencioso-administrativohastaqueelrecursopotesta- 1
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tivodereposiciónsearesueltoexpresamenteosehayaproducidosudesestimaciónpresunta. 02
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Artículo 6
Difusión y publicidad
1. La Consejería de Educación, Juventud y Deporte se reserva el derecho de difun-
dir los trabajos y experiencias más sobresalientes que realicen los centros seleccionados.
2. Ladocumentacióngeneradaendichostrabajosyexperienciasrelacionadasconel
programa estará a disposición de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte para su
usoyposibledifusiónopublicación,enlostérminosprevistosenelRealDecretoLegisla-
tivo1/1996,de12deabril,ensuredacciónvigente.
3. LosparticipantesaceptanelcompromisodecolaborarasolicituddelaConsejería
deEducación,JuventudyDeporteenpublicaciones,jornadaseintercambiosdeexperien-
ciasparalapresentacióndesusproyectosydelasconclusionesobtenidas.
4. Loscentrosseleccionadospodránhacerusodeldistintivode“InstitutoBilingüe”
ensufachada,cartelería,papelería,asícomoencualquiermaterialdivulgativo.
Artículo 7
Aceptación de las condiciones
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de todas sus condiciones.
1. Elproyectobilingüealqueserefiereelartículo3.2.a)notienecaráctervinculan-
teyseajustaráalasinstruccionesdelaAdministraciónEducativa.
2. Cuando los centros seleccionados no dispongan de suficiente personal docente
conhabilitaciónlingüísticaparaeldesempeñodepuestosbilingüesquegaranticeelcorrec-
todesarrollodelasenseñanzaseninglés,laConsejeríadeEducación,JuventudyDeporte
podráestablecerlasmedidasoportunasparadotaralcentrodelprofesoradonecesario.
3. La continuidad como instituto bilingüe podrá reconsiderarse, si de la evaluación
delprogramadeenseñanzabilingüesededujeraelincumplimientodelascaracterísticasy
finesseñaladosenlaOrden3331/2010,de11dejunio,ylaOrden29/2013,de11deene-
ro,porlaquesemodificalaOrden3331/2010,de11dejunio,porlaqueseregulanlosins-
titutosbilingüesdelaComunidaddeMadrid.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Enseñanzas en inglés
ConelfindeadaptarlodispuestoenlaOrden3331/2010,de11dejunio,porlaquese
regulanlosinstitutosbilingüesdelaComunidaddeMadrid,aloestablecidoporelDecre-
to48/2015,de14demayo,delConsejodeGobierno,porelqueseestableceparalaComu-
nidaddeMadridelcurrículodelaEducaciónSecundariaObligatoria,lasenseñanzasenin-
glésseorganizaránconformealosiguiente:
1. VíaProgramaBilingüe.
a) EnseñanzadelamateriaPrimeraLenguaExtranjera:Inglés.
— LamateriaPrimeraLenguaExtranjera:Inglésseimpartiráloscincodíaslec-
tivosdelasemana,arazóndeunahoradiaria.
— LoscentrospodránorganizargruposflexiblesenlamateriaPrimeraLengua
Extranjera:Inglés,enfuncióndelgradodecompetenciacomunicativaenlen-
guainglesadelosalumnos.
b) Enseñanzasdeotrasmateriaseninglés:
— Enelprimerciclo(1.o,2.oy3.ocurso)sedeberáimpartireninglés,almenos,
unamateriaaelegirentrelassiguientes:
1.a Materiasespecíficasobligatorias.
2.a Tecnología,ProgramaciónyRobótica. 7
3.a Materias específicas opcionales o materias de libre configuración auto- -1
2
nómicaalasqueserefiereelartículo6.4delDecreto48/2015,de14de 0
1
mayo,aexcepcióndelassiguientes:SegundaLenguaExtranjera,Recu- 0
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peracióndeLengua,RecuperacióndeMatemáticasyAmpliacióndeMa- 01
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temáticas:ResolucióndeProblemas. -
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— Enelcuartocursosedeberáimpartireninglés,comomínimo,unamateriaen-
trelassiguientes:
1.a Materiasespecíficasobligatorias.
2.a Materias específicas opcionales o materias de libre configuración auto-
nómicaalasqueserefiereelartículo7.5delDecreto48/2015,de14de
mayo,aexcepcióndeSegundaLenguaExtranjera.
c) También se podrán impartir en inglés las tutorías de los cuatro cursos de Educa-
ciónSecundariaObligatoria.
2. VíaSecciónBilingüe.
a) EnseñanzadelamateriaPrimeraLenguaExtranjera:Inglés.
— SeimpartirálamateriaPrimeraLenguaExtranjera:Inglés,loscincodíaslec-
tivosdelasemana,arazóndeunahoradiaria.
— LoscontenidosdelamateriaPrimeraLenguaExtranjera:Inglésseadaptarán
al currículo de “Inglés avanzado”, regulado por la normativa a través de la
cualsedesarrollenloscurrículosde“Inglésavanzado”deprimero,segundo,
terceroycuartocursodeEducaciónSecundariaObligatoriaenlasSecciones
bilingüesdelosinstitutosbilingüesdelaComunidaddeMadrid.
b) Enseñanzasdeotrasmateriaseninglés:
— LaenseñanzadelamateriaPrimeraLenguaExtranjera:Inglés,juntoconlade
lasmateriasqueseimpartaneninglés,ocuparán,almenos,unterciodelho-
rariolectivosemanal.
— Los alumnos que cursen enseñanzas en Vía Sección Bilingüe podrán cursar
todaslasmateriaseninglés,aexcepcióndeMatemáticas,LenguaCastellana
y Literatura, Latín, Segunda Lengua Extranjera, Recuperación de Lengua,
RecuperacióndeMatemáticasyAmpliacióndeMatemáticas:Resoluciónde
Problemas.
— Seimpartiráneningléslassiguientesmaterias:
• En primer y tercer curso las materias Biología y Geología y Geografía e
Historia.EnsegundoycuartocursolamateriaGeografíaeHistoria.
• Enelcuartocurso,ademásdelamateriaGeografíaeHistoria,loscentrosase-
gurarán la enseñanza en inglés de otra materia que puede ser elegida entre:
1.a Materiastroncalesdeopción,aexcepcióndeLatín.
2.a Materiasespecíficasobligatorias.
3.a Materiasespecíficasopcionalesomateriasdelibreconfiguraciónau-
tonómicaalasqueserefiereelartículo7.5delDecreto48/2015,de14
demayo,aexcepcióndeSegundaLenguaExtranjera
c) Se impartirá la tutoría en inglés en los cuatro cursos de la Educación Secundaria
Obligatoria.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente convocatoria entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍNOFICIALDELACOMUNIDADDEMADRID.
Madrid,a28dediciembrede2016.
ElConsejerodeEducación,JuventudyDeporte,
RAFAELVANGRIEKENSALVADOR
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Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a
la Educación
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y
DEPORTE
Comunidad de Madrid Etiqueta del Registro
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE
ENSEÑANZAS BILINGÜES ESPAÑOL-INGLÉS EN INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN EL CURSO 2017-2018
1.- Datos de el/la directora/a del centro:
NIF/NIE Apellidos
Nombre Tfno. fijo Tfno. móvil
Correo electrónico @madrid.org
institucional1
2.- Datos del centro
Código de centro Denominación
Tipo de vía Nombre vía Nº
CP Localidad Distrito
Tfno. fijo Fax
Correo electrónico @educa.madrid.org
institucional
3.- Documentación requerida
TIPO DE DOCUMENTO Se aporta en la solicitud
□
Propuesta de proyectode centro bilingüe (Anexo II).
□
Aprobación por el Consejo Escolar del centro de la solicitud de participación (Anexo III).
□
Aprobación por el Claustro del centro de la solicitud de participación (Anexo IV).
Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de los profesores de la
especialidad lengua extranjera: inglés que estén en posesión de la correspondiente □
acreditación para impartir el Currículo de Inglés Avanzado, o de la habilitación lingüística
para el desempeño de puestos bilingües con destino definitivo (Anexo V).
Propuesta de un candidato para su nombramiento como Coordinador o Jefe de Estudios □
Adjunto, según proceda (Anexo VI).
Relación de los funcionarios de carrera con destino definitivo en el centro con la
□
especialidad de lengua extranjera: inglés o habilitados para impartir docencia en el
proyecto (Anexo VII).
Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de los miembros del □
equipo directivo(Anexo VIII).
□
Otra documentación
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1
0
1A efectos de comunicaciones -2
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Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a
la Educación
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y
DEPORTE
Comunidad de Madrid
Información Institucional
Marque el recuadro en el caso de no estar interesado en recibir otra información institucional de la Comunidad de Madrid
(cid:2) No deseo recibir información institucional de la Comunidad de Madrid
Si usted no ha marcado este recuadro, sus datos se integrarán en el fichero “Información Institucional” cuya finalidad es
ofrecerle aquellas informaciones relacionadas con actuaciones y servicios de la Comunidad de Madrid, recordándole que usted
podrá revocar el consentimiento otorgado en el momento que lo estime oportuno. El responsable del fichero es la Dirección
General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, ante este órgano podrá ejercer los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En ……………………………………….., a……..... de……..…………..… de…………
FIRMA DEL DIRECTOR/A DEL CENTRO
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Personal SICE”, cuya finalidad es el registro de los
datos de personal de centros docentes de la Comunidad de Madrid y no se prevén cesiones de los datos. El responsable del
fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación Juventud y Deporte, ante el que 7
1
podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 -
2
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 0
1
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DESTINATARIO Consejería de Educación, Juventud y Deporte 20
Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación -
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ANEXO II
ORIENTACIONES GENERALES PARA LA PROPUESTA DE PROYECTO DE CENTRO
BILINGÜE EN LA CONVOCATORIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE ENSEÑANZAS BILINGÜES
ESPAÑOL-INGLÉS EN INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE LA COMUNIDAD DE
MADRID EN EL CURSO 2017-2018.
1. Datos del centro:
— Colegios bilingües adscritos al Instituto:
o Nombre y año de implantación del Programa Bilingüe en dichos centros
…………………………………………………………………………………
— Alumnado:
o Número total de unidades escolares en el curso 2016/2017: …………
o Número total de alumnos del centro: ……………………………………
o Número de grupos para el curso 2017/2018 en 1º de ESO:……………
— Profesorado (Curso 2017-2018):
o Número total de profesores del centro: ………………………..
o Número total de profesores con destino definitivo en el centro: ………….
o Número total de profesores con la especialidad lengua extranjera: inglés .............
(cid:3) Número total de profesores con la especialidad lengua extranjera: inglés
con destino definitivo………..
(cid:3) Número total de profesores con la especialidad lengua extranjera: inglés
con destino definitivo y acreditación para impartir el currículo de inglés
avanzado…......
o Número total de profesores con habilitación para impartir su asignatura en lengua
inglesa: ……………
(cid:3) Número total de profesores con destino definitivo con habilitación en lengua
inglesa en la especialidad de Biología y Geología ………..
(cid:3) Número total de profesores con destino definitivo con habilitación en lengua
inglesa en la especialidad de Geografía e Historia………..
(cid:3) Número total de profesores con destino definitivo con habilitación en lengua
inglesa en otras especialidades………
Especificar.
2. Breve introducción descriptiva del contexto del centro.
3. Breve justificación de la solicitud del Programa Bilingüe.
4. Previsión de materias que se van a impartir en inglés a lo largo de la implantación del
Programa.
5. Propuesta de modelo organizativo previsto, según la Orden 3331/2010, de 11 de junio, por
la que se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid: materias, grupos,
coordinación y profesores, y la Orden 29/2013, de 11 de enero, por la que se modifica la
anterior.
6. Experiencia educativa:
(cid:1) Actividades de formación permanente (cursos, proyectos de formación o innovación,
seminarios, grupos de trabajo, etc.), relacionadas con la enseñanza de idiomas realizados
en el centro o por el profesorado del centro durante los últimos cinco años.
(cid:1) Participación en proyectos europeos.
(cid:1) Participación en e-Twinning.
(cid:1) Experimentación con Porfolio Europeo de las Lenguas.
(cid:1) Actividades de intercambio con centros escolares de otros países.
(cid:1) Otros proyectos, iniciativas y trabajos realizados en el centro relacionados con el fomento
de la enseñanza de idiomas. 7
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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág.102 LUNES2DEENERODE2017 B.O.C.M.Núm.1
7. Sección Lingüística Si □ No □
8. Instituto Tecnológico Si □ No □
9. Aulas de excelencia Si □ No □
10. Instituto deportivo Si □ No □
11. Bachillerato internacional Si □ No □
12. Cualquier información relevante que pudiera ser valorada para la selección
(Especificar).
En............................., a........... de ................................... de ..........
FIRMA DEL DIRECTOR/A DEL CENTRO
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Personal SICE”, cuya finalidad es el registro de los
datos de personal de centros docentes de la Comunidad de Madrid y no se prevén cesiones de los datos. El responsable del
fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación Juventud y Deporte, ante el que
podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo
5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 7
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Description:BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. BOCM IELTS, con una puntuación total a partir de 6. •. TOEIC, con una Oxford Test of English (O.T.E.), prueba on-line cuya puntuación acredite un nivel B2. •. Certificado