Table Of ContentNORMAS DE CONSTRUCCIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL DISTRITO FEDERAL
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Jefe de Gobierno
Lic. Marcelo Luis Ebrard Casaubón
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
Secretario
Lic. Fernando Aboitiz Saro
Director General de Obras Públicas
Ing. Oscar Leopoldo Díaz González Palomas.
Director General de Servicios Urbanos
Ing. Antonio Álvarez Palacios.
Director General del Proyecto Metro
Ing. Enrique Horcasitas Manjarrez
Director General de Proyectos Especiales
Ing. Luis Alberto Rábago Martínez.
Director General del Proyecto Metrobús
Ing. Hugo Flores Sanchez.
Director General de la Planta de Asfalto
Ing. Francisco Ernesto Ricci Rosas
Coordinación Técnica
Coordinador
Dr. en I. Renato Berrón Ruiz
Director de Normas y Registros
Arq. Rubén García Silva
LIBRO 8 TOMO l
CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OBRAS Y
EQUIPOS. OBRA CIVIL. URBANIZACIÓN.
INTRODUCCIÓN A LA TERCERA
EDICIÓN (2008)
La expedición de estas Normas de Construcción, se fundamenta
en observancia a lo indicado en el articulo 27 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley de
Obras Públicas del Distrito Federal en su tercer párrafo y 24 de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma.
La elaboración de los capítulos de este libro, se efectuó de
acuerdo a los lineamientos establecidos por la normatividad
aplicable vigente.
Este libro tendrá vigencia a partir del 15 de septiembre de 2008
NOTAS
1.- Estas Normas de Construcción de la Administración
Pública del Distrito Federal, son de aplicación
general para las obras y los servicios relacionados
con las mismas, sean éstas contratadas bajo
lineamientos de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal o de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas.
2.- Estas Normas de Construcción están en constante
revisión y por lo tanto pueden incorporarse
capítulos nuevos o hacerse modificaciones cuando
sea necesario; se recomienda al posesionario de
éstas que permanezca en contacto con la
Coordinación Técnica para informarle de dichas
modificaciones y pueda recibir las hojas que sean
necesarias agregar o cambiar para que mantenga
actualizados sus tomos.
3.- Primera edición vigente a partir del año de 1992
3.- Segunda edición vigente partir del 1° de octubre de
2000.
4.- Tercera edición vigente a partir del 15 de
septiembre de 2008
5.- Las páginas en las que en su pie se indica vigencia
diferente a la señalada en la nota 4, corresponde a
un capítulo nuevo o alguno existente que tuvo
modificaciones en todo o en alguna de sus páginas
ÍNDICE
LIBRO 8 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE
OBRAS Y EQUIPOS
PARTE 01 OBRA CIVIL
SECCIÓN 01 URBANIZACIÓN
Capítulo 001 Generalidades
Capítulo 002 Pozos para extracción de agua
Capítulo 003 Canales y cauces naturales
Capítulo 004 Sistemas de agua a presión
Capítulo 005 Renivelación de cajas para operación de válvulas, pozos de visita,
coladeras pluviales y registros para ductos
Capítulo 006 Sistemas de alcantarillado
Capítulo 007 Pavimentos, banquetas y andaderos
Capítulo 008 Puentes vehiculares y peatonales
Capítulo 009 Mobiliario urbano y señalización
Capítulo 010 Panteones, mausoleos y crematorios
Capítulo 011 Jardinería y reforestación
LIBRO 8 CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OBRAS
Y EQUIPOS
PARTE 01 OBRA CIVIL
SECCIÓN 01 URBANIZACIÓN
CAPÍTULO 001 GENERALIDADES
A. DEFINICIONES, CLASIFICACIÓN Y OBJETO
A.01. Conservación es el resultado de una serie de decisiones y acciones para
preservar un bien o un servicio con las características iniciales como fue
concebido, sin que surjan modificaciones a través del tiempo.
A.02. Mantenimiento.- Son las acciones concretas y/o necesarias para prevenir y
corregir deterioros o fallas en los bienes y servicios para la comunidad, con
objeto de usarlos en óptimas condiciones.
A.03. El mantenimiento se clasifica en:
a. Preventivo.- Acciones y trabajos que con conocimiento técnico, planeación y
organización eficiente, se desarrollan antes de que un elemento o servicio
urbano falle, evitando molestias a la comunidad y ejecutando los trabajos de
acuerdo a un programa que disminuya costos y tiempos de ejecución.
b. Correctivo.- Acciones y trabajos que se desarrollan cuando un elemento o
servicio falla de manera inicial, avanzada o total y que ocasiona cargas de
trabajo urgentes, interrupciones no programadas en los servicios y mayores
costos en las reparaciones.
A.04. Este inciso tiene por objeto para todos los capítulos determinar con precisión los
conceptos de trabajo a que se refiere la norma o la especificación, tomando en
consideración para la ejecución particular todos los elementos que intervienen en
dicho concepto, de tal forma que en la integración analítica, el pago por unidad
de medida sea la justa retribución de la labor encomendada.
B. REFERENCIAS
B.01. En esta cláusula se enlistarán los conceptos que tienen relación con el capítulo
que se trata, que son tratados en otros capítulos de estas Normas de
Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal o en el de Normas
de otras Dependencias o Entidades de la Federación, Organismos o
Asociaciones Nacionales Regionales o Internacionales, conceptos que deben
sujetarse en lo que corresponda a lo indicado en las cláusulas de Materiales,
Requisitos de Ejecución, Subconceptos de Obra, Alcances, Unidades de Medida,
Criterios para Cuantificar y Base de Pago.
Vigente a partir del 15 de septiembre de 2008 001-01
B.02. En el caso de materiales y/o equipos especiales, se deben mencionar las
Normas Nacionales y/o Internacionales que deban satisfacer estos elementos.
C. MATERIALES CONSTITUTIVOS DEL CONCEPTO.
C.01. Todos los materiales, refacciones y/o equipos que se utilicen para el
mantenimiento; o los que, en el caso particular se requieran, deben cumplir con
los requisitos de calidad establecidos en el proyecto o con lo ordenado por la
Residencia de la Obra a través de la Supervisión.
De no estar precisado en el proyecto u orden, se atenderá a lo establecido en las
especificaciones del área correspondiente y de no tenerse previsto en éstas, se
atenderá a lo establecido en el Libro 4 sobre calidad de materiales de las Normas
de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal, tomando como
referencia los capítulos anotados enunciativamente y no limitativamente en la
cláusula B de Referencias.
En su aplicación, debe tomarse en cuenta lo previsto en las especificaciones del
proyecto que tienen prioridad sobre las especificaciones correspondientes y
éstas a su vez, prevalecen sobre las Normas citadas.
C.02. Además, en cada capítulo se indicarán los requisitos y especificaciones que
deban cumplir los materiales, refacciones, fracciones y/o equipos de uso
específico que sean empleados para el mantenimiento y que no se hayan
mencionado en la cláusula B de Referencias.
D. INSTALACIONES, EQUIPOS Y SISTEMAS
D.01. En esta cláusula, se señalarán los requisitos que sean aplicables a las
instalaciones, equipos y sistemas en relación con la fabricación, armado e
instalación de sus diversas partes, así como los que correspondan a su
inspección, transporte, almacenamiento, manejo e instalación en la obra. Se hará
referencia a las Normas aplicables de fabricación y calidad.
E. REQUISITOS DE EJECUCIÓN
E.01. En esta cláusula se fijarán los requisitos esenciales de los procedimientos para el
mantenimiento preventivo y correctivo, las características que debe tener el
trabajo terminado, incluyendo las tolerancias aceptables y en su caso, las que
debe tener el trabajo en las diferentes etapas del mismo y los requisitos de
limpieza y seguridad durante la ejecución de la obra.
E.02. Para efectuar toda labor de mantenimiento preventivo y/o correctivo debe
establecerse un programa de revisiones rutinarias y periódicas y los diversos
elementos que constituyen la obra; así mismo deben efectuarse revisiones
001-02 Vigente a partir del 15 de septiembre de 2008
Description:aforo por el método del orificio calibrado, y además de lo aquí señalado debe cumplir con las especificaciones usuales conocidas o establecidas.