Table Of ContentTESIS DOCTORAL
“ LA APLICACIÓN DEL DERECHO A UNA
ALIMENTACIÓN ADECUADA EN MÉXICO
SEGÚN LAS OBLIGACIONES EN EL
DERECHO INTERNACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS: CASO DE
ESTUDIO POBLACIÓN TARAHUMARA”
Autor:
Artemisa Dagdug Galán
Director/es:
Dra. Alicia Cebada Romero
Tutor:
Dra. Alicia Cebada Romero
Departamento de Derecho Internacional Público, Eclesiástico y Filosofía del
Derecho
Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas”
Leganés/Getafe, diciembre 2015
( a entregar en la Oficina de Posgrado, una vez nombrado el Tribunal evaluador , para preparar el
documento para la defensa de la tesis)
TESIS DOCTORAL
T Í T U L O D E L A T E S I S
Autor: Artemisa Dagdug Galán
Director/es: Dra. Alicia Cebada Romero
Firma del Tribunal Calificador:
Firma
Presidente: (Nombre y apellidos)
Vocal: (Nombre y apellidos)
Secretario: (Nombre y apellidos)
Calificación:
Leganés/Getafe, de de
2
PARA INÉS FERNÁNDEZ DAGDUG
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Índice.
Listado de abreviaturas. 7
Introducción. 8
Capítulo I. Reconocimiento de la alimentación como un derecho humano y su 12
ubicación en el DIDH.
1. La alimentación un derecho humano. 13
1.1. Concepto del derecho a la alimentación. 14
1.2. El problema de la alimentación en el mundo. 20
1.3. Dimensión transversal del Derecho a la alimentación. 24
1.4 Necesidad de un enfoque de la alimentación como derecho humano. 26
2. El Derecho a la alimentación en el DIDH. 29
2.1. Objetivos del DIDH. 30
2.2. Los Derechos económicos, sociales y culturales en el DIDH. 34
2.3. Codificación del derecho a la alimentación en el DIDH. 41
2.3.1. Sistema Universal. 41
2.3.2. Sistema Regional. 46
2.3.3. Otros instrumentos internacionales (exigibilidad indirecta). 47
2.4 Mecanismos de Protección del derecho a la alimentación en la ONU. 48
2.4.1. Relación entre mecanismos de la ONU. 49
2.4.2. Mecanismo convencional: Comité de Derechos, Económicos, 51
Sociales y Culturales.
2.4.2.1. Labor del Comité con base en los informes presentados 54
por los Estados Parte.
2.4.2.2. Observaciones finales. 59
2.4.2.3. Misiones de asistencia técnica. 78
2.4.2.4. Observaciones generales 80
2.4.3. Otros Comités. 82
2.4.4. Mecanismo no convencional: Relator Especial sobre el derecho 85
a la alimentación.
2.4.4.1. Examen sobre la situación del derecho en el mundo y 86
temas conexos.
2.4.4.2. Misiones en terreno 87
2.4.4.3. Denuncias y llamamientos urgentes. 89
3. Obligaciones, violaciones, responsabilidad internacional del Estado y 91
garantías.
3.1. Obligaciones de los Estados Parte del PIDESC. 92
3.2. Violaciones a los derechos económicos sociales y culturales. 101
3.3. Responsabilidad Internacional del Estado por actos ilícitos. 104
3.4. Sistema de garantías: aplicación del DIDH en el derecho interno. 109
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Capítulo II. Situación del derecho a la alimentación en México. 115
1. Cifras oficiales relacionadas con el derecho a la alimentación en 116
México.
1.1. Seguridad alimentaria. 116
1.2. Desnutrición y anemia. 119
1.3. Sobrepeso y obesidad. 124
1.4. Pobreza. 128
1.5. Análisis de las cifras oficiales relacionadas con el derecho a la 130
alimentación en México.
2. Pobreza y programas de desarrollo social. 132
2.1 Programas de desarrollo social sobre alimentación. 132
2.2. Cruzada Nacional contra el Hambre 139
2.2.1. Evaluación y principales preocupaciones. 141
2.2.2. Análisis de la CNCH como garantía política para hacer efectivo 149
el derecho a la alimentación.
3. Sobrepeso y obesidad 156
3.1 ¿Qué ha pasado en la población mexicana?. 158
3.2. Políticas públicas implementadas 161
3.3. Necesidad de políticas públicas dirigidas a la malnutrición. 172
4. El campo en México y la agroecología 176
4.1 Propuesta de agroecología y manejo integrado del paisaje 177
4.2. Políticas públicas sobre el campo en México 186
4.3. Análisis del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 191
2016.
5. Marco legal y Estrategia nacional sobre el derecho a la alimentación. 197
5.1. Ley sobre el derecho a la alimentación en México. 198
5.2. Estrategia nacional sobre el derecho a la alimentación en México. 204
Capítulo III. El derecho a la alimentación en la Sierra Tarahumara: 211
pueblo rarámuri
1.Derechos de los pueblos indígenas: marco jurídico internacional y 212
nacional.
1.1 Marco jurídico internacional. 212
1.2. Marco jurídico nacional. 217
2. Derecho a la tierra y derecho a preservar su cultura: fundamentales 220
para garantizar el derecho a la alimentación.
2.1. Acceso a la tierra. 221
2.2. Cultura y derecho a la alimentación de los pueblos indígenas. 231
3. La Sierra Tarahumara. 239
3.1. Contexto general. 239
3.2. La alimentación en la cultura rarámuri. 244
3.2.1. Proceso histórico que ha determinado el sistema alimentario. 245
rarámuri: entre la asimilación y la resistencia
3.2.2. Dieta tradicional rarámuri y su transición. 253
5
3.3. Políticas públicas sobre alimentación con enfoque de capacidades. 261
Conclusiones 272
Bibliografía 278
Anexos 297
6
Listado de Abreviaturas
- CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas: CDI.
- Consejo Económico y Social de la Organización de las Naciones Unidas:
ECOSOC
- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo: CONEVAL.
- Social.
- Derechos, Económicos, Sociales y Culturales: DESC.
- Derecho Internacional de los Derechos Humanos: DIDH.
- Diario Oficial de la Federación: DOF.
- Encuesta Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutrición: ENSANUT.
- Enfermedades Crónicas no Transmisibles: ECNT.
- Instituto Mexicano para la Competitividad: IMCO.
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía: INEGI.
- Instituto Nacional de Salud Pública: INSP.
- Ley General de Desarrollo Social: LGDS.
- Observación General 12: OG12
- Organización Internacional del Trabajo: OIT.
- Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura:
FAO.
- Programa Estratégico de Seguridad Alimentaria: PESA.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: PIDESC
- Presupuesto de Egresos de la Federación: PEF.
- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación:
SAGARPA.
- Secretaría de Desarrollo Social: SEDESOL.
- Secretaría de Salud: SSA.
- Seguridad Alimentaria Nacional: SAN.
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Introducción
Un acto tan cotidiano como alimentarnos, difícilmente, a primera impresión parezca
un derecho y menos aún un derecho humano. Pero este acto tan común y cotidiano para
millones, en realidad no lo es para otros. El hambre sigue siendo uno de los principales
temas en la agenda internacional. Podemos nombrar Estados donde la mayor parte de su
población padece hambre y otros en los cuales a pesar de su desarrollo económico, las
minorías están marginadas y luchan cada día por la sobrevivencia alimentaria. Este
panorama nos refleja el estado más grave y urgente del derecho a la alimentación, el cual
no se ha podido resolver y sienta las bases para la fundamentación de lo que podríamos
llamar primer piso de las dimensiones del derecho.
En otro escenario, tenemos a un bebé que al nacer por falta de protección a la
lactancia materna, no la recibe y desde muy pequeño está rodeado de estímulos para
consumir alimentos azucarados y con excedentes de energía; así a los 8 años vive con
sobrepeso u obesidad, a los 16 años se convierte en diabético y a los 25 años se complica su
estado de salud con otras enfermedades crónicas no trasmisibles (principalmente
hipertensión y cáncer). En ambas circunstancias estamos hablado de millones de niños y
adultos, con contextos de emergencia ante el tema de la alimentación, y son las personas
con menores ingresos los más afectados.
Entre estos dos escenarios alarmantes tenemos un sistema alimentario mundial que
por años puso énfasis en el consumo de calorías y en este sentido se instrumentaron
acciones para el aumento de la producción agrícola (especialmente de monocultivos),
dejando a un lado la importancia de la adecuación de las dietas y de la sostenibilidad del
campo. Las acciones emprendidas no resolvieron el hambre, los problemas de salud
alimentaria aumentaron, las tierras se deterioraron y los daños medio ambientales se
hicieron evidentes. Este panorama de la alimentación ha dado un sentido maximalista y
transversal al derecho a la alimentación que ha sido desarrollado por la doctrina y
8
complementado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y demás
mecanismos de protección al derecho. Por ello, se agrega el calificativo de adecuación y en
la misma lógica las acciones no deben de reducirse al tema de ingresos y pobreza.
Transitamos entonces, a un modelo holístico en el cual la sostenibilidad medioambiental es
indispensable para la obtención de dietas adecuadas y la generación de seguridad
alimentaria. Las acciones emprendidas por lo Estados para garantizar la efectividad del
derecho deberían ir en este sentido.
La presente investigación se desarrolla desde un enfoque del Derecho internacional
de los derechos humanos que se complementa con estudios de otras disciplinas como la
agroecología, la sociología y la etnología1, y tiene como objetivo general coadyuvar a hacer
efectivo el derecho a la alimentación adecuada (en adelante derecho a la alimentación) en
México, a través del análisis del cumplimiento de las obligaciones internacionales. Para
lograrlo se identifican las obligaciones del Estado Mexicano respecto al derecho a la
alimentación de acuerdo al DIDH y se analiza la aplicación del derecho a la alimentación
principalmente a través de las políticas públicas, definidas en un modelo desarrollado por
Courtis como garantías políticas2. Con el objetivo de profundizar sobre el derecho en
cuestión en un grupo de población definida, estudiamos al pueblo rarámuri que habita la
Sierra Tarahumara en relación con la transición de su dieta y la situación del derecho a la
alimentación3. A lo largo del documento y en cada tema se elaboran propuestas para
mejorar las garantías políticas del derecho a la alimentación en México.
El derecho a la alimentación se encuentra protegido en mayor medida por el DIDH.
Hacer efectivo el disfrute del derecho significa cumplir con las obligaciones internacionales
que se derivan de los tratados ratificados por México, para que esto suceda deben generarse
1 El derecho a la alimentación por su transversalidad hace necesario sumar enfoques, por ejemplo si se desea
profundizar sobre la adecuación nutricional es necesario sumar a médicos, nutriólogos, ingenieros en
alimentos, etc.
2 Christian Courtis, “Políticas sociales, programas sociales. Ideas para una construcción garantista”. En
Christian Courtis. El mundo prometido, Escrito sobre derechos sociales y derechos humanos, Fontamara,
México, 2009, pp. 17-37.
3 En el capítulo tres explicamos las razones de haber escogido a la población en la Sierra Tarahumara como
caso de estudio.
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diferentes fenómenos institucionales y sociales que resulten en las garantías internas del
derecho. Es necesario que las políticas públicas de alimentación incorporen un enfoque de
derechos humanos. México forma parte de dos sistemas internacionales de protección a los
derechos humanos: el Sistema Interamericano y el Sistema Universal. Es en éste último
dónde se ha protegido en mayor medida el derecho a la alimentación y será nuestro
principal marco de referencia. No obstante en ambos encontramos instrumentos
internacionales que codifican el derecho a la alimentación.
En cuanto al estado del derecho a la alimentación en México, cabe mencionar que se
encuentra reconocido en la Constitución, sin embargo no existe una legislación secundaria
vigente al respecto, lo cual genera una falta de certeza en la eficiencia y efectividad de los
recursos ejecutados, principalmente a través de programas sociales para combatir el
hambre. El gobierno actual ha puesto en marcha una Estrategia denominada “Cruzada
Nacional contra el Hambre” que se focaliza en la dimensión más urgente del derecho, y las
acciones se centran en medidas de carácter asistencial que no parecen crear condiciones
para lograr que la población en “pobreza extrema alimentaria” al salir de ésta logre hacer
efectivo el derecho por sus propios medios. En paralelo, encontramos una situación de
urgencia respecto al sobrepeso y la obesidad que conlleva riesgos de salud (siete de cada
diez adultos tiene sobrepeso u obesidad). Por su parte, el campo muestra problemas
relacionados directamente con los sistemas alimentarios, (degradación de suelos, baja
productividad, subsidios regresivos). Es así como encontramos políticas públicas no
coordinadas y dispersas que no abordan el derecho en un sentido maximalista, lo cual limita
los resultados. A lo anterior se suma la aprobación de una reforma constitucional
energética, seguida de reformas a las leyes secundarias, que podrían poner en peligro el
derecho a la alimentación de forma indirecta si se dejan vacíos legales que den paso a la
contaminación de suelos y agua y generen incertidumbre sobre la tenencia de la tierra, en
especial de los pueblos indígenas.
Además de la bibliografía sobre el tema, el estudio se basa en gran medida en
diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos, así como resoluciones,
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Description:agrícola de los Estados del Norte, suscrita por la Organización Mundial del Comercio, que favorece la persistencia . Naciones Unidas para los Refugiados), La UNICEF (United Nations Children´s Fund) y el Colombia 2010, Argentina 2011, Indonesia 2014, Finlandia 2014, Nepal 2014. Colombia