Table Of ContentTRIBUNAL DE CUENTAS
Nº 1.114
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN
APLICADA POR LAS EMPRESAS PARA LA
FORMACIÓN DE SUS TRABAJADORES, CON CARGO A
LAS CUOTAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida
en los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de
Cuentas, y a tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de
la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado en su sesión
de 29 de octubre de 2015, el Informe de Fiscalización de la financiación aplicada por las empresas
para la formación de sus trabajadores, con cargo a las cuotas de formación profesional, y ha
acordado su elevación a las Cortes Generales, así como al Gobierno de la Nación, según lo
prevenido en el artículo 28 de la Ley de Funcionamiento.
ÍNDICE
I.- INTRODUCCIÓN .................................................................................................................... 9
I.1.- INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN ............................................................................................... 9
I.2.- OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN ........................................................................ 9
I.3.- TRÁMITE DE ALEGACIONES ....................................................................................................... 10
I.4.- NORMATIVA APLICABLE ............................................................................................................. 11
II.- EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO .............................................................................. 12
II.1.- EL SUBSISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO .................................. 12
II.1.1.- Introducción ............................................................................................................................ 12
II.1.2.- Financiación del subsistema de formación profesional para el empleo ............................. 13
II.1.3.- Actuaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en relación con el
subsistema de formación profesional para el empleo .................................................................... 15
II.1.4.- Actuaciones de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE)
en relación con el subsistema de formación profesional para el empleo ..................................... 18
III.- RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ........................................................................... 20
III.1.- INICIATIVA DE FORMACIÓN DE DEMANDA ............................................................................. 20
III.1.1.- Acciones formativas (AAFF) ................................................................................................. 26
III.1.2.- Permisos individuales de formación (PIF) ........................................................................... 41
III.2.- EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA FORMACIÓN DE DEMANDA .................. 46
III.2.1.- Evaluación .............................................................................................................................. 46
III.2.2.- Seguimiento y control ........................................................................................................... 49
III.2.3.- Bonificaciones de cuotas indebidamente aplicadas ........................................................... 55
IV.- EMPRESAS FISCALIZADAS ............................................................................................. 69
IV.1.- INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 69
IV.2.- OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN CON RESPECTO A LAS EMPRESAS
FISCALIZADAS .................................................................................................................................... 69
IV.3.- ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FORMACIÓN ................................................................... 70
IV.3.1. - CRIT SEARCH, S. L. .............................................................................................................. 70
IV.3.2.- INSTITUTO DE FORMACIÓN INTEGRAL, S.L.U. .................................................................. 81
IV.3.3.- CENTRO DE FORMACIÓN ANJECOR, S.L. .......................................................................... 92
IV.3.4.- INNOVA BETA FORMACIÓN, S.L. ....................................................................................... 101
IV.4.- EMPRESAS BONIFICADAS...................................................................................................... 108
IV.4.1.- ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE) ...................................... 108
IV.4.2.- CAIXABANK, S.A. ................................................................................................................ 111
IV.5.- EMPRESAS AUTORIZADORAS DE PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN
(PIF) .................................................................................................................................................... 116
IV.5.1.- CARO RUIZ, S. A. ................................................................................................................. 116
IV.5.2.- JIMÉNEZ Y CARMONA, S. A. .............................................................................................. 121
IV.5.3.- CONSULTING E INSTALACIONES MELILLA, S. L. (COIME) ............................................. 125
IV.5.4.- FUNDACIÓN EDUCACIÓN CATÓLICA................................................................................ 128
V.- CONCLUSIONES .............................................................................................................. 133
V.1.- CONCLUSIONES GENERALES ................................................................................................. 133
V.1.1.- Conclusión relativa a la iniciativa de formación de demanda ........................................... 133
V.1.2.- Conclusión relativa a la financiación de la iniciativa de formación de demanda ............ 133
V.1.3.- Conclusiones relativas a las acciones formativas ............................................................. 133
V.1.4.- Conclusión relativa a los permisos individuales de formación......................................... 136
V.1.5.- Conclusiones relativas a la evaluación de la formación de demanda .............................. 137
V.1.6.- Conclusiones relativas al seguimiento y control de la formación de demanda ............... 137
V.2.- CONCLUSIONES RELATIVAS A LAS EMPRESAS FISCALIZADAS ....................................... 139
V.2.1.- Conclusiones relativas a las entidades organizadoras de formación .............................. 139
V.2.2.- Conclusiones relativas a las empresas bonificadas .......................................................... 142
V.2.3.- Conclusiones relativas a las empresas autorizadoras de permisos individuales
de formación .................................................................................................................................... 142
VI.- RECOMENDACIONES ..................................................................................................... 144
VI.1.- RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL ............................................................................................................................................... 144
VI.2.- RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL ............ 145
VI.3.- RECOMENDACIÓN DIRIGIDA A LA FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA
FORMACIÓN EN EL EMPLEO ........................................................................................................... 146
A N E X O S ............................................................................................................................. 147
A L E G A C I O N E S ............................................................................................................. 163
ÍNDICE DE ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS
AAFF Acciones formativas
AGE Administración General del Estado
ANJECOR Centro de Formación Anjecor, S.L.
CAIXABANK Caixabank, S.A.
CCAA Comunidades Autónomas
CIF Código de Identificación Fiscal
COIME Consulting e Instalaciones Melilla, S.L.
CP Certificado/s de profesionalidad
FR Formación reglada
FTFE Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo
IFI Instituto de Formación Integral, S.L.U.
INEM Instituto Nacional de Empleo
INNOVA Innova Beta Formación, S.L.
ITSS Inspección de Trabajo y Seguridad Social
IVA Impuesto sobre el valor añadido
Ley de Empleo Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo
OAO Otras acreditaciones oficiales
ONCE Organización Nacional de Ciegos Españoles
PGCP Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General
de Contabilidad Pública
PIF Permiso/s individual/es de formación
PYMES Pequeñas y medianas empresas
SEPE Servicio Público de Empleo Estatal
TGSS Tesorería General de la Seguridad Social
TRLGSS Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social
Financiación aplicada por las empresas en la formación de sus trabajadores 9
I.- INTRODUCCIÓN
I.1.- INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
El Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones atribuidas por la Ley Orgánica 2/1982, de
12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y por acuerdo de su Pleno de 23 de diciembre de 2013,
mediante el que se aprobó el “Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año
2014”, ha realizado, a iniciativa propia, la “Fiscalización de la financiación aplicada por las
empresas para la formación de sus trabajadores, con cargo a las cuotas de formación
profesional”, la cual figuraba incluida en los Programas de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas
para los años 2012 y 2013.
I.2.- OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN
De acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas en sesión
de 30 de octubre de 2013, modificadas posteriormente en sesión de 30 de octubre de 2014,
actualizando el ámbito temporal de la fiscalización de 2010 a 2012, los objetivos de la fiscalización
han sido los siguientes:
1. Verificar el cumplimiento de las funciones encomendadas a la Fundación Tripartita para la
Formación en el Empleo, como entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal, en
el marco del subsistema de formación profesional para el empleo, con respecto a la aplicación
del sistema de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social aplicadas por las empresas
para la formación de sus trabajadores, desde la perspectiva de los principios de legalidad,
eficacia, eficiencia y economía.
2. Evaluar los procedimientos y sistemas de seguimiento y control, establecidos por el Servicio
Público de Empleo Estatal, de las iniciativas de formación profesional para el empleo, en materia
de formación de demanda, así como de las reclamaciones y devoluciones de las bonificaciones
aplicadas indebidamente.
3. Comprobar los procedimientos de análisis de las bonificaciones de cuotas de Seguridad Social
aplicados por la Tesorería General de la Seguridad Social, con el fin de garantizar su correcta
aplicación al presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal.
4. Comprobar la efectiva realización de las acciones formativas por parte de las empresas, así
como de los permisos individuales de formación, con cargo a las bonificaciones de cuotas de
Seguridad Social, garantizando el cumplimiento de los requisitos necesarios para la aplicación
de este sistema de bonificaciones, de conformidad con la normativa vigente.
5. Asimismo, se abordarán cuestiones relacionadas con las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en caso de
que surjan en el curso de los trabajos de fiscalización.
Este último objetivo ya fue analizado en la “Fiscalización sobre la gestión de la Fundación Tripartita
para la Formación en el Empleo en relación con el subsistema de formación profesional para el
empleo en materia de formación de oferta”, cuyos resultados han sido recogidos en el Informe
aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 30 de octubre de 2014, no habiéndose producido
modificación alguna en esta materia a la fecha de finalización de los trabajos de esta fiscalización.
10 Tribunal de Cuentas
En relación con el ámbito temporal de la fiscalización, las actuaciones se han centrado,
básicamente, en las acciones formativas (AAFF) desarrolladas por las empresas y en los permisos
individuales de formación (PIF) autorizados por las mismas en el ejercicio 2012, financiados
mediante el sistema de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social ingresadas por las
empresas y aplicadas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal
(SEPE) en dicho ejercicio. No obstante, en la fiscalización se ha utilizado información de otros
ejercicios, cuando se ha considerado oportuno para el cumplimiento de los objetivos fijados en
aquella.
Este ámbito temporal ha venido motivado porque, a 19 de noviembre de 2014, fecha de conclusión
de los trabajos de fiscalización realizados en la Fundación Tripartita para la Formación en el
Empleo (FTFE), esta no había iniciado el proceso de comprobación de las AAFF desarrolladas por
las empresas en el ejercicio 2013 (a excepción de los trabajos preliminares realizados de forma
interna por dicha Fundación, que se pusieron en conocimiento de las empresas en diciembre de
2014), lo que, en consecuencia, ha imposibilitado abordar la consecución de los objetivos de la
fiscalización mediante el análisis de las AAFF desarrolladas en ejercicios posteriores.
En la presente fiscalización se han aplicado las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas,
aprobadas por su Pleno en sesión de 23 de diciembre de 2013, y para la consecución de los
objetivos, se han empleado los procedimientos y técnicas de auditoría que se han considerado
necesarios sobre los diferentes documentos, aplicaciones informáticas y expedientes formalizados
por el SEPE y la FTFE como entidad colaboradora de aquel, así como por las empresas
beneficiarias de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social y por las entidades
organizadoras que asumen la gestión de los cursos de formación.
El Tribunal de Cuentas ha realizado las comprobaciones y verificaciones en las sedes del SEPE y
de la FTFE en Madrid, así como en una muestra de empresas (entidades organizadoras y
bonificadas), en la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y en una
muestra de Inspecciones Provinciales dependientes de la misma, obteniendo los datos, información
y antecedentes necesarios a través de la revisión de la documentación soporte existente al
respecto (expedientes, actas, bases de datos, estados, registros, etc.), y de la realización de
entrevistas con los responsables de estas entidades y empresas privadas.
Asimismo, se han efectuado actuaciones fiscalizadoras en la Dirección General de la Tesorería
General de la Seguridad Social, con el fin de verificar los procedimientos de análisis implantados
por este Servicio Común en relación con las bonificaciones de cuotas de Seguridad Social en
materia de formación profesional efectuadas por las empresas.
Atendiendo a la diversidad de entidades y empresas fiscalizadas, los resultados de la fiscalización,
en función de los objetivos recogidos en las mencionadas Directrices Técnicas, se exponen de
manera desagregada para cada una de estas entidades y empresas.
I.3.- TRÁMITE DE ALEGACIONES
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de
Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, el Anteproyecto de Informe de esta Fiscalización fue
remitido, el 9 de julio de 2015, a la actual titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y al
Secretario de Estado de Empleo, a la Directora General del Servicio Público de Empleo Estatal, al
Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, al Director General de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a la Presidenta del Patronato de la Fundación Tripartita
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