Table Of ContentDERECHO FINANCIERO MEXICANO
LIC. SERGIO FRANCISCO DE LA GARZA
PROFESOR EMÉRITUS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY.
PROFESORDELAFACULTAD DEDERECHOYCIENelASSOCIALES DELAUNrvERSIDAD DENUEVO LEÓN.
PRESIDENTE DELAACADEMIA DEDERECHO FISCAL DENUEVO LEÓN, A. C.AFlUADAALAACADEMIA
MEXICANA DEDERECHO FISCAL, A. C.,VICEPRESIDENTE DEL COLEGIO NACIONAL DEPROFESORES E
INVESTIGADORES DEDERECHO FISCAL. A.C.,MIEMBRO DELAINTERNATIONAL FISCAL ASSOCIATION.
MIEMBRO DE LA BARRA MEXICANA, COLEGIO DE ABOGADOS, EX PRESIDENTE DEL COLEGIO DE
ABOGADOS DENUEVO LEÓN, A. C.
DERECHO
FINANCIERO
MEXICANO
28"edición
11
EDITORIAL PORRÚA
AV. REPÚBLICA ARGENTINA 15
MÉXICO, 2008
Primera edición, 1964
Copyright© 2008 por:
SERGIO FRANCISCO DELA GARZA
Condominio AceroMonterrey
Zaragoza1000 Sur-Desp. 606
Te!. (83) 42-71-37
64000, Monterrey,N.L.
Estaedición y sus característicasson propiedadde
EDITORIALPORRÚA, SAde CV 6
Av. RepúblicaArgentina 15 altos, col. Centro,06020, México, DF
www.porrua.com
Queda hecho el depósito que marcala ley
Derechos reservados
ISBN 970-07-6676-4
IMPRESO ENMÉXlCO
PRINTED IN MEXICO
A mi querida esposa, MARGARITA, que etuusias
tamenie ha sabido sacrificar muchas horas
de justo esparcimiento alentándome para de
dicar mi esfuerzo a este libro.
A la memoria de mi padre, el abogado don
I...I1ARo GARZA. cuyo ejemplo de probidad
DE lA
4e
intelectual y moral nunca acabaré agra
decer.
A la memoria de mi inolvidable amigo, el Lic.
EMILIO GuZMÁN loZANO. cuya temprana desapa
ricion frustr6 su talento dedicado al Derecho
Financiero.
A todos los maestros, amigos y compañeros
que me han estimulado en esta tarea.
Entoncessepusieron a acecharlo y le mandaron espías, que fingieron buena fe
para aprovecharse de suspalabras, y así entregarlo a la policía y a la justicia del
gobernador.Poresohicieron estapregunta: "Maestro, nosotrossabemosque hablas
yenseñascon entera rectitud. No te fijas en la condición de las personas, sino que
enseñasconabsoluta franqueza el camino de Dios. ¿Está permitido pagar impues
tos al César, o no?"
Jesús vio su astucia y les dijo: "Muéstrenme' una moneda, ¿de quién es la
cara y el nombre que tiene escrito?" Le contestaron: "Del César."
Entonces Él lesdijo: "Pues bien, den al César lo que lecorresponde al César,
y a Dios loque lecorresponde a Dios."
San Lucas, Evangelio, 20:20-25.
Es necesario obedecer: no por miedo, sino en concien
cia. Por esa misma razón ustedes pagan los impuestos, y
los que han de cobrarlos son en esto los funcionarios de
Dios mismo. Paguen a cada uno lo que corresponde: al
que contribuciones, contribuciones; al.que impuestos, im
puestos; al que respeto, respeto; al que honor, honor.
San Pablo, Carta a los Romanos, 13:5-7.
ABREVIATURAS
AD Amparo Directo
AFR Administración Fiscal Regional
NRoA Amparo en Revisión
Apéndice Apéndices al SJF publicados en 1955. 1965. 1975Y1985 que contienen
laa tesis jurisprudenciaIes yrelacionadas sustentadas por la SCJN y
por los tribunales colegiados de circuito desde 1917 a esas fechas
Art. Articulo
BIJ Boletín de Informaciónjudicial
BIJurldica Boletínde Informaciónjurídica, órgano del lMSS
BSJF Bolelln del SemanarioJudicial de la Federación
Cap. CapItulo
Circ.o C. Circuito
CCDF Código civil parael Distrito Federal
CFF 1938 Código Fiscal de la Federación publieado en el DOF de 31-XII-1938
CFF 1967 Código FISCa! de la Federación publicado en el DOF de 19-1-1967
CFF 1981 Código Fiscal de la Federación publicado en el DOF de 31-XII-1981
CFNL Código Fiscal de Nuevo León
CFPC Código Federal de Procedimientos Civiles
CFPP Código Federal de Procedimientos Penales
Compilación Apéndices al SJF publicados en 1955, 1965. 1975Y1085que contienen
las tesis jurisprudenciaIes y relacionadas dietadas por la SCJN des
de 1917 a esas fechas
CMH Contaduría Mayor de Hacienda
C.NBS Comisión Nacional Bancaria yde Seguros
Const. Fed. Constitución Políticadelos Estados Unidos Mexicanos
CP o CPDF Código Penal parael Distrito Federal
CP Contador P't1blico
crxt, Código Tributario parala América Latina OEAlBID (Modelo)
DAP o DPE Decreto de aprobación de Presupuesto de Egresos
DF o DDF Distrito Federal o Departamento del Distrito Federal
DGNMOP DirecciónGeneral de Normas sobreAdquisiciones, Almacenes yObras
Públicas
D.O. o DO o DOF Diario Ofrrialde la Federación
DPE Decretodel Presupuesto de Egresos
IFIM o IS1M Impuesto Federalsobre Ingresos Mercantiles
INDETEC Institutopara el Desarrollo Técnico de lasHaciendasPüblicas
ISR Impuestosobrela Renta
IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social
lSSSTE Instituto de Seguridad YServiciosSedales de losTrabajadores delEstado
ISAI Impuestosobreadquisiciónde inmuebles
IVA Impuesto al Valor Agregado
LA LeyAduanera publicada en el DOF de 30-XII-1981
IX
x ABREVIATURAS
[AA Ley sobre Adquisiciones. Arrendamientos yAlmacenes de la Admírus-
traci6n Pública Federal
lAPF Leyde Administración Pública Federal
lAPN Leyde Aguas de Propiedad Nacional
LISAI Ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles
LCOOEPE Leyde Control de Organismos Descentralizados y Empresas de Partici-
pación estatal
LISIM o LFIM LeyFederal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles
LFO Ley Federal de Derechos publicada en OOF, 31-XII-1981 yreformas
LIT LeyFederal del Trabajo
LGBN Ley General deBienes Nacionales
LGICOA Ley Ceneral de Instituciones de Crédito yOrganizaciones Auxiliares
LHOF 1941 Leyde Hacienda del Distrito Federalpublicada en el OOF, 31-XII-I941
LHOF 1982 Leyde Hacienda del Distrito Federal publicada en el OOF, 31-XII-1982
yreformas
LISR Leydel Impuesto sobre la Renta
LIVA Leydel Impuesto al Valor Agregado
LOCMH LeyOrgánicade la ContaduríaMayor de Hacienda
LSTF Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación 1985
LTBNOE Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales, Demasías yExcedentes
LSS Leydel Seguro Social
LIA Leyde Inspección de Adquisiciones
LOP Ley de Obras Públicas
LPCGP Leydel Presupuesto, Contabilidad yGasto Público
M.A. o Mat. Adro. Materia Administrativa
n. Número
OFH Oficina Federal de Hacienda
op. ci/. Obra citada
p. Página
pp. Páginas
Regl. Reglamento
Regl. CFF Reglamento del Código FISCa! de la Federación, OOF, 29-1I-1984
R. Int. SHCP, Reglamento Interior de la SHPC, OOF 24-1I-1992
RDF Revista Difuoi6n FISCa!, putfulda porla Dirección de DifusiónIisca1, SHCP
ROFHP Revista de Derecho Financiero yde Hacienda Pública, Madrid, España
RIF Revista Investigación Fiscal, SHCP. México
RF Revista Fiscal '
RTFF Revista del Tribunal Fiscalde la Federación
RTFEdoM Revista del TribunalFiscal.del Estado de México
SCJ o SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación
SCGF Secretaría de la Contraloría Generalde la Federación
SHCP Secretaría de HaciendayCrédito Público
SJF SemanarioJudicial de la Federación, órgano de la SCJN
SNCF Sistema Nacional de Coordinación Fiscal
SPP Sistemade Programación yPresupuesto
SdeC o SECOM Secretariade Comercio
SS Sala Superior del TFF
TC Tribunal Colegiado
TCMA Tribunal Colegiado en MateriaAdministrativa
TFF Tribunal FISCa! de la Federación
Vol. Voh1men
ADVERTENCIA A LA DECD-IASEGUNDA EDICIÓN
Después de la última edición, el Congreso de la Unión expidió el Código
Fiscal de la Federación que apareció publicado en el Diario Oiíciaí de la Fe
deración del 31 de diciembre de 1981 p~ra entrar en vigor el día jQ de octubre
de 1982.
El nuevo Código Fiscal de la Federación ha suscitado muchos comentarios y
sugerencias para que se modifiquen algunas de sus disposiciones} de parte de
colegios de profesores, de profesionales, academias, cámaras empresariales, etc.
Inclusive se ha comentado que se puede posponer su fecha de entrada en vigor.
Con motivo de la expedición del nuevo Código hemos revisado cuidadosa
mente la edición anterior, a fin de adaptarla a las disposiciones del nuevo
ordenamiento, sin poder esperar a que se le hagan reformas, si es que se hacen,
en el próximo periodo ordinario de sesiones del Congreso.
Debido a la urgencia del caso, enviamos este original al editor, con la adver
tencia de que en parte resulte inadaptada esta nueva edición para cuando se
ponga a la.disposición de los lectores, por los motivos explicados. Sin embargo,
de haber tiempo, procuraremos agregar un apéndice en que se comenten I.1s
modificaciones que puedan llegar a efectuarse.
Agradecemos a los profesores, estudiantes y profesionales de! Derecho, de la
Contaduría Pública, de la Administración y a los demás interesados la benevo
lente acogida que han dado a las ediciones anteriores, y esperamos que ésta la
reciban con el mismo espíritu.
Atentamente,
LIC. SERCIO FRANCISCO DE LA GARZA.
Agosto 23 de 1982.
Xl
J
ADVERTENCIA A LA QUINTA EDICIÓN
La benevolencia con que ha sido recibida esta obra por parte de maestros,
estudiantes y profesionales del Derecho, de la Contaduría Pública y de la Admi
nistración, ha urgido la aparición de esta quinta edición.
Correspondiendo a este favor, he hecho una completa revisión de la obra,para
ponerla al día y ampliar aquellos temas que he considerado conveniente. Algunos
se han reestructurado totalmente. Valgan como ejemplos el Poder Tributario y la
detcrminaci6n de la obligaci6n tributaria.
Ello sin perder el método utilizado en las anteriores ediciones en que se pro·
cura que el estudiante se familiarice con las instituciones del Derecho Financiero
como medio de adquirir un conocimiento que perdure a través de las frecuentes
mutaciones del Derecho Positivo. Tengo una absoluta coincidencia de criterio
con el profesor uruguayo Dr. Ramón Valdés Costa, quien en el prefacio de su
Curso de Derecho Tributario escribe: ICEl conocimiento de los principios e
institutos es lo más importante y lo único perdurable. Dominándolos, el análisis
de los tributos en particular -siempre cambiantes y por regla general defectuo
samente legislados-- no.ofrece dificultades; ignorándolos, ese análisis es pura
mente formal y letrista. La ley tributaria, como todas las leyes, sólo puede ser
cabalmente entendida y, por lo tanto, correctamente interpretada, por quienes
conozcan los principios e institutos de la disciplina respectiva, en los cuales se
concretan los principios generalesde Derecho."
Además, he procurado hacer-una más copiosa referencia a la jurisprudencia
y a losprecedentes tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Naci6n como del
Tribunal Fiscal de la Federaci6n, ya que ellos son guías positivos en la inter
pretaci6n y desarrollo del Derecho Financiero, al ir definiendo los problemas
que se les van presentando.
Como era mi prop6sito desde hace algún tiempo, ahora he completado esta
edici6ncon una parte dedicada al Derecho Tributario Administrativo.
Con 10 anterior, espero que esta nueva edición sea más útil para los estu
diantes, quienes podrán encontrar en el libro una fuente adecuada y actualizada
de conocimientos, así como para los profesionales que puedan buscar en él una
orientación o guía para el estudio y resoluci6nde susproblemas.
Monterrey, N; L., agosto de 1972.
SERGIO FRANCISCO DE LA GARZA.
XIII
ADVERTENCIA A LA TERCERA EDICIÓN
La expedición del nuevo Código Fiscal de la Federación, que entró en vigor
el 19 de abril del año en curso, nos ha impulsado a revisar y corregir la anterior
edición de esta obra.
También hemos sido motivados por el estímulo que hemos recibido por parte
de numerosos amigos, profesionales del Derecho y catedráticos de diversas insti
tuciones de cultura superior, así como por la benevolente acogida dispensada
por los estudiantes, que son a quienes fundamentalmente está dirigido este libro,
para que lessirva de ayuda en susestudios.
Podemos repetir lo que decíamos en la advertencia a la anterior edición.
Al través de varios años de cátedra hemos ido reuniendo material que hemos
proporcionado a nuestros alumnos del Curso de Derecho Financiero, con el
propósito de ayudarlos en la preparación del programa de dicho Curso.
Estando dirigida la obra fundamentalmente a los estudiantes, sabemos que no
aporta mayor novedad para los muchos estudiosos de esta interesante disciplina,
que hayan abrevado en la doctrina financiero-jurídica mexicana y extranjera.
En algunas ocasiones, ponemos al estudiante, en forma directa, con explica
ciones insuperables de grandes maestros que se citan en el libro con amplitud.
Podríamos repetir, a este respecto, la acertada frase de C. M. Giuliani Fonrouge:
Por lo demás, aunque el autor ofrezca sus conceptos personales, en ocasiones
IC•••
expuestos con énfasis, no es lo bastante vanidoso para creer que sus ideas puedan
interesar más que las ajenas."
Para los que abran con interés las páginas de este libro y como estudiantes
deseen aprender algunas nociones del Derecho Financiero, deseamos repetir la
advertencia que hace el ilustre jurista italiano, que pasó de su patria natal
a la Argentina, Dino Jarach, cuando escribió en su Curso Superior de Derecho
Tributario lo siguiente: "Muchas veces me ha tocado decir -y lo repito una
vez más al comenzar este curso- que es raro observar cómo los juristas no
se han preocupado de la importancia y del grado de complejidad y de interés
que tiene para ellos el Derecho Tributario. No se trata de ser especialistas de una
materia de poca importancia o colateral, que sirve para prestar asesoramiento
en las tareas forenses, en la judicatura, en la magistratura, etc. Es una materia
muy noble y muy difícil, en que el Derecho Público y el privado y todas las
ramas del primero y del segundo tienen aplicación y un entrelazamiento tan
grande que sólo estando muy bien preparados en todos los aspectos del Derecho
en general, es posible adquirir una especialización en el Derecho Tributario...
II
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