Table Of ContentHacia una política de Estado en privación de libertad
Diálogo, recomendaciones y propuestas
Ana Juanche - Javier Palummo
coordinadores
Hacia una política de Estado en privación de libertad
Diálogo, recomendaciones y propuestas
SERPAJ Uruguay
Observatorio del Sistema Judicial
©SERPAJ y OSJ
Edición: agosto de 2012
Impreso en Uruguay
ISBN: 978-9974-564-37-4
Fotografía de tapa: Nicolás Celaya
Las opiniones vertidas en este informe son de absoluta responsabilidad de los autores y no
reflejan en ningún caso el punto de vista de la Unión Europea.
Se autoriza la reproducción total o parcial de los contenidos, siempre que sea citada la fuente.
Este es un proyecto financiado por la Unión Europea
EIDHR/127929/2009/214-106
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Coordinadores
Ana Juanche
Javier Palummo
Equipo técnico
Coordinación Ejecutiva
Ana Juanche
Javier Palummo
Recopilación Normativa
Laura Bálsamo
Investigación y evaluación del sistema penitenciario
Lena Barahona
Gabriela Horn
Mariana Labastie
Mariana Mosteiro
Natalia Reyes
Andrea Sorondo
Mauro Tomasini
Guillermo Zoppolo
Investigación del gasto público destinado al sistema penitenciario
Oscar Mañán
Litigio estratégico y análisis del sistema penitenciario
de niños/as y adolescentes
Gianina Podestá (Coordinadora)
Dora González
María Macagno
Daniel Piedra
Paula Rodríguez Medalla
Estudio de trayectorias de institucionalización
Alfredo Falero
Karem Farías
Mariana Mosteiro
Natalia Reyes
Bettina Salas
Colaboradoras y colaboradores
Ana Magdalena Aguerre
Álvaro González
María Elena Laucero
Martín Peralta
Adriana Vaselli
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Este informe es producto del trabajo colectivo del equipo del proyecto
Hacia una política de Estado para la privación de libertad. Diálogo, recomenda-
ciones y propuestas, que el Servicio Paz y Justicia y el Observatorio del Sistema
Judicial, desarrollaron entre marzo de 2010 y agosto de 2012 con el apoyo
financiero de la Unión Europea.
Deseamos expresar nuestro especial reconocimiento al Estado urugua-
yo, a través de múltiples dependencias, especialmente vinculadas al Ministerio
del Interior y al Instituto del Niño y del Adolescente del Uruguay, así como a los
organismos internacionales y a las organizaciones sociales implicadas en el apoyo
a la reforma penitenciaria, por la coordinación y colaboración en el aporte de
información, materiales, sugerencias y opiniones; a sus representantes y a to-
dos y todas quienes desde distintos lugares, roles y funciones trabajan por la
vigencia de los derechos de las personas privadas de libertad.
Agradecemos profundamente a las personas privadas de libertad en cár-
celes de adultos, comisarías y centros para adolescentes, y a sus familiares, por
la disposición al diálogo y el valioso aporte de información.
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Introducción
Este informe es el resultado del trabajo de investigación y evaluación que el Ser-
vicio Paz y Justicia (en adelante SERPAJ) y el Observatorio del Sistema Judicial de la
Fundación Justicia y Derecho (en adelante OSJ) realizaron sobre el sistema peniten-
ciario nacional, con el apoyo financiero de la Unión Europea.
Entre el 1° de marzo de 2010 y el 31 de agosto de 2012, estas organizaciones
desarrollaron el proyecto Hacia una política de Estado para la privación de libertad.
Diálogo, recomendaciones y propuestas, cuyo objetivo fue “Promover el pleno respe-
to de los derechos humanos de las personas privadas de libertad en el Uruguay para
contribuir al sustancial mejoramiento de sus condiciones de vida”. Esta acción se plan-
teó además, “Visibilizar las violaciones a los derechos humanos cometidas dentro de
los establecimientos de reclusión para intentar revertir conductas que vulneran y me-
noscaban la dignidad de las personas privadas de libertad” y “contribuir
participativamente, mediante un conjunto de acciones integradas a la creación de
una política de Estado para el sistema carcelario, respetuosa de los derechos huma-
nos y acorde a la normativa internacional”.
La investigación consistió en el estudio y relevamiento de la normativa vigente
para la privación de libertad, la infraestructura y servicios penitenciarios, los recur-
sos humanos, el gasto público dedicado al sistema y el perfil, las condiciones de vida
y trayectorias de institucionalización de la población reclusa. Con la información re-
cogida y elaborada, se estructuró un informe que intenta reflejar el análisis sobre el
complejo tejido de las diferentes dimensiones del sistema y describe las distintas
formas en que unas y otras se vinculan. Creemos que este abordaje posibilita la com-
prensión del fenómeno ya que permite identificar las causas del problema y plantear
soluciones hacia la estructuración de una reforma integral, a nuestro entender indis-
pensable.
El proyecto desarrolló además un área de litigio estratégico cuyo objetivo fue
visibilizar de manera ejemplar la violación sistémica de los derechos humanos de las
personas privadas de libertad, así como identificar claramente las responsabilidades
en cada instancia. El uso del litigio para este sector, constituye una práctica innovadora
que se entiende en tanto aporte a la generación de la cultura de exigibilidad y
justiciabilidad, a través de la incorporación de la perspectiva de los derechos huma-
nos en el debate judicial. Asimismo ofrece fundamentos sobre la necesidad de una
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política de Estado sobre sistema carcelario. Consideramos que al Poder Judicial le
corresponde una importante función en la promoción de la ejecución, el desarrollo y
la aplicación coercitiva de la legislación nacional e internacional en materia de dere-
chos humanos. Mientras que en otros países los tribunales han tomado decisiones
pioneras en materia de políticas públicas y derechos humanos que influyeron de
manera relevante en los cambios legislativos y las prácticas de la administración, el
Poder Judicial uruguayo no es visualizado como un actor de especial relevancia; son
escasos los ejemplos de casos paradigmáticos con un importante impacto en las po-
líticas carcelarias.
Siendo Uruguay un país formalmente respetuoso de los derechos humanos, la
concreción de una institucionalidad en materia de derechos humanos ha sido lenta y
tardía respecto de otros países de la región y del mundo, concretándose
legislativamente con la aprobación de la Ley 18.446 de 24 de diciembre de 2008, que
crea la Institución Nacional de Derechos Humanos, así como la posterior Ley 18.806,
de 14 de setiembre de 2011, que entre otras cosas modifica su nominación por Ins-
titución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.
Dicha institución, según lo establecido en el artículo 83 de la Ley 18.446, deberá
cumplir entre otras muchas funciones, con la de Mecanismo Nacional de Prevención
(MNP), conforme al deber del Estado luego de haber ratificado en 2005, el Protocolo
Facultativo a la Convención contra la Tortura. La finalidad de este instrumento es
reafirmar que el derecho a no ser sometido a torturas, tratos cueles, inhumanos o
degradantes, debe estar protegido en toda circunstancia, por cuanto es necesario
establecer un mecanismo eficiente para prevenir esta práctica y no sólo reaccionar
después que ésta haya ocurrido. Este enfoque preventivo consiste en realizar visitas
periódicas a los lugares de detención, para examinar el trato que se da a las personas
privadas de la libertad y evaluar las condiciones de detención. La estrategia de las
visitas se basa en la idea de que cuanto más abiertos y transparentes sean los lugares
de detención, menores serán los abusos que ahí se cometan. Los lugares de deten-
ción, en tanto instituciones totales, son por definición espacios cerrados y a veces
herméticos al mundo exterior, por cuanto las personas privadas de libertad se en-
cuentran en una situación de vulnerabilidad y de indefensión ante los abusos de toda
índole de los que pueden ser objeto, incluyendo la tortura, los tratos crueles inhuma-
nos o degradantes y otras violaciones a derechos humanos.
Por ello, el tercer componente del proyecto tuvo como eje la incidencia para la
concreción del Mecanismo Nacional de Prevención, ya que esta instancia es funda-
mental para garantizar la protección de los derechos de las personas privadas de li-
bertad; porque el Protocolo además de otorgarle al MNP la función de visitar los
lugares de privación de libertad, como forma de prevención de la tortura y tratos
similares, le faculta para observar el trato que reciben las personas privadas de liber-
tad, formular recomendaciones y hacer propuestas de cambios normativos.
SERPAJ y el OSJ esperan que el trabajo realizado contribuya al proceso de
humanización y dignificación de la privación de libertad en Uruguay.
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