Table Of ContentPLAN GENERAL DE ADOR (VALENCIA)
CONCIERTO PREVIO
AYUNTAMIENTO DE ADOR
Arquitecto junio 2008
Conde de Altea, 41 46005-Valencia
Tel.: 963 330 213 Fax: 963 748 441
José H. Garrido Pérez C.E. [email protected]
PLAN GENERAL DE ADOR (VALENCIA)
CONCIERTO PREVIO
ÍNDICE
AYUNTAMIENTO DE ADOR
Arquitecto junio 2008
Conde de Altea, 41 46005-Valencia
Tel.: 963 330 213 Fax: 963 748 441
José H. Garrido Pérez C.E. [email protected]
Plan General de Ador (Valencia)
CONCIERTO PREVIO
ÍNDICE
ÍNDICE
MEMORIA INFORMATIVA.
0. Antecedentes.
1. Planeamiento vigente y su grado de desarrollo.
2. Riesgos potenciales observados en el territorio.
2.1 Riesgos geológicos.
2.2 Riesgo de incendios forestales.
3. Infraestructuras principales existentes y en proyecto.
3.1 Carretera Provincial CV-685 que atraviesa el término municipal de norte a sur, situándose al este del
casco urbano.
3.2 Abastecimiento de agua potable.
3.3 Aguas residuales.
3.4 Aguas pluviales.
3.5 Suministro eléctrico.
3.6 Cauces públicos.
3.7 Vías pecuarias.
4. Cuadro resumen de superficies del documento vigente.
MEMORIA JUSTIFICATIVA.
1. Modelo territorial propuesto y la estrategia de desarrollo, su adecuación a los Planes de Acción Terri-
torial, al planeamiento de los municipios colindantes y a los principios rectores de la Ley de Ordenación
del Territorio.
2. Tablas con expresión de las dimensiones de la evolución urbana previsible y las superficies inclui-
das en cada clase de suelo.
2.1 Clasificación del suelo.
2.2 Potencial demográfico del plan.
2.3 Adscripción de la red primaria a los sectores del suelo urbanizable.
3. Delimitación de la red primaria y estructural con superficies y características.
3.1 Parques públicos (PQL).
3.2 Parques naturales (PNL).
3.3 Terrenos dotacionales cuya reserva convenga prefigurar con prevalencia o antelación respecto de la
forma de los edificios y parcelas a consolidar en su entorno.
3.4 Suelo destinado a viviendas protegidas y dedicadas a residencia permanente en régimen de alquiler
para personas mayores, discapacitados o menores de 35 años.
3.5 Equipamientos y redes de transporte, infraestructuras, comunicación y servicio de titularidad o ca-
rácter supramunicipal.
3.6 Infraestructuras, espacios libres, jardines y dotaciones de cualquier índole que por su cometido es-
pecífico, dimensiones o posición estratégica, integren o hayan de integrar la estructura del desarrollo
urbanístico en todo el territorio, incluso en los sectores de planeamiento parcial.
3.7 Determinaciones de la ordenación estructural relativas a la redacción de planes parciales.
4. Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y ocupación del territorio.
4.1 Oportunidades, principales problemas y objetivos prioritarios de ordenación urbanística y territorial.
4.2 Secuencia lógica del desarrollo territorial.
Plan General de Ador (Valencia)
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ÍNDICE
PLANOS
Información
1 Situación (1/50.000).
I.1 Clasificación y calificación del suelo en el planeamiento vigente. Ador (1/10.000).
I.2 Clasificación y calificación del suelo en el planeamiento vigente. La Marxuquera (1/5.000).
Ordenación.
0.1 Ordenación estructural propuesta. Ador. (1/5000).
0.2 Ordenación estructural propuesta. La Marxuquera. (1/5000).
0.3 Ordenación estructural propuesta. Casco urbano de Ador. (1/1000).
PLAN GENERAL DE ADOR (VALENCIA)
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MEMORIA INFORMATIVA
AYUNTAMIENTO DE ADOR
Arquitecto junio 2008
Conde de Altea, 41 46005-Valencia
Tel.: 963 330 213 Fax: 963 748 441
José H. Garrido Pérez C.E. [email protected]
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MEMORIA INFORMATIVA
MEMORIA INFORMATIVA
0. Antecedentes.
El municipio de Ador dispone de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal aprobadas definitiva-
mente por la Comisión Territorial de Urbanismo, en sesión celebrada en Mayo de 1992 y publicadas en el Bo-
letín Oficial de la Provincia de 18 de julio de 1992.
El presente documento tiene por objeto cumplimentar las exigencias del artículo 83.1 de la Ley Urbanística Va-
lenciana, Ley 16/2005 de 30 de diciembre de la Generalitat Valenciana (en adelante L.U.V), que establece co-
mo preceptivo el concierto con la Conselleria competente en urbanismo para definir un modelo territorial munici-
pal acorde con su contexto supramunicipal y con los Planes de Acción Territorial aplicables.
Según dicho artículo el concierto se conformará de una memoria justificativa y documentación gráfica con las
determinaciones correspondientes a la ordenación estructural que establece el artículo 36 de la propia L.U.V.
El Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, Decreto 67/2006 de 19 de mayo del Consell,
(en adelante R.O.G.T.U) ha concretado la documentación del concierto previo de los Planes Generales, am-
pliando el contenido establecido por la L.U.V., con una memoria informativa, además de la memoria justificativa
y los planos correspondientes.
Por otro lado se han tenido en cuenta las determinaciones de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo y espe-
cialmente las establecidas en su artículo 10, criterios básicos de utilización del suelo, que exige una reserva de
edificabilidad residencial con destino a vivienda sujeta a algún régimen de protección pública, en el suelo inclui-
do en futuras actuaciones urbanísticas, que no afecta lógicamente a aquellas actuaciones en curso de ejecu-
ción.
En este sentido sería de aplicación la disposición transitoria primera de dicha Ley que establece la obligatorie-
dad de la citada reserva si las Comunidades Autónomas no la aumentan en el plazo de un año desde su entra-
da en vigor.
La disposición adicional sexta de la LUV exige la inclusión en la memoria justificativa de los planes de estudio
sobre la previsión de las necesidades de vivienda protegida en el término municipal.
La disposición transitoria quinta determina la facultad del Consell de establecer mediante Decreto dichos por-
centajes de reserva con carácter subsidiario y transitorio.
El Decreto 67/2006 que aprobó el ROGTU modificado por el Decreto 36/2007 del Consell, establece en su dis-
posición transitoria octava, con carácter subsidiario, una reserva para municipios como Ador del 10% de la edifi-
cabilidad residencial para vivienda protegida.
Dicha reserva debe realizarse en aplicación de la Tabla clasificatoria de municipios que figura en el artículo 3
del Decreto 36/2007, teniendo Ador la categoría C, con población inferior a 2.000 habitantes.
En cumplimiento del resto de normativa sectorial aplicable el presente Concierto se acompaña de documento
Evaluación Ambiental Estratégica y Estudio de Paisaje para el Concierto Previo.
1. Planeamiento vigente y su grado de desarrollo.
Como ya se ha dicho con anterioridad el planeamiento vigente está constituido por las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal de 27 de mayo de 1992.
El municipio de Ador cuenta con el enclave de La Marxuquera entre los términos municipales de Gandia, Lu-
chente, Rótova y Palma de Gandia, con la clasificación urbanística de suelo no urbanizable en distintas categor-
ías. En La Marxuquera de Ador no estaba previsto en las Normas Subsidiarias ningún desarrollo urbanístico.
Tampoco se ha producido en las zonas de suelo común, en este enclave, ninguna actuación con reclasificación
de suelo al amparo de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística.
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MEMORIA INFORMATIVA
Esta última circunstancia también se ha producido en el resto del término municipal donde los desarrollos ur-
banísticos se han dado exclusivamente en terrenos que contaban con la clasificación de aptos para urbanizar
en las Normas Subsidiarias o bien en unidades de ejecución de reducidas dimensiones en el casco urbano.
El suelo urbano, con una superficie de (SU R1) 29,28 Ha., esta constituido por el casco consolidado, situado en
el lado oeste de la carretera provincial CV-685, donde las únicas actuaciones desde la aprobación de las Nor-
mas Subsidiarias han sido las sustituciones con reedificación o la construcción de los solares existentes, así
como el desarrollo de alguna unidad de ejecución de pequeña entidad.
El suelo apto para urbanizar previsto en las Normas Subsidiarias y su grado de desarrollo es el siguiente.
BAJA DENSIDAD CON PLAN PARCIAL
Esta denominación proviene de las Normas Subsidiarias, pues existen otros sectores urbanizables con plan
parcial a fecha de hoy. Está constituido por el sector Monte Corona, situado en el límite sur del término munici-
pal colindante con el término de Villalonga. Su aprobación definitiva es de 2001 y en la actualidad esta totalmen-
te edificado y urbanizado. Tiene una superficie de (SU R2) 28,14 Ha.
RESIDENCIAL ENSANCHE CASCO
Está constituido por una zona de suelo apto para urbanizar al sur del casco urbano, con una superficie de 6,40
Ha., según las Normas Subsidiarias. En la actualidad se encuentra en fase de programación, habiendo sido
expuesto al público con anterioridad al presente Concierto. La superficie del sector, según el Plan Parcial apor-
tado por la empresa aspirante a “agente urbanizador” es de (SUBE R4) 90.398,86 m2.
RESIDENCIAL BAJA DENSIDAD
Estos terrenos están situados en el lado sur y oeste del casco urbano, contando con una superficie de 33,79
Ha, según las Normas Subsidiarias. De esta superficie existe una parte que está programada, constituida por el
sector Ador Fosch, con una superficie de (SUBE R3) 6,99 Ha, cuyo plan parcial y homologación fueron apro-
bados el 5 de diciembre de 2003, estando en la actualidad urbanizándose.
De los restantes terrenos con esta calificación con una superficie de 26,80 Ha., está en fase de programación,
habiendo sido expuesto al público el correspondiente Programa, con anterioridad al presente Concierto, el sec-
tor Ador Fosch 1 una superficie de (SUBE R6) 7.300,00 m2.
Los restantes 260.618,05 m2 no han sido objeto de programación, por lo que de conformidad con los criterios
de la legislación actual el Plan General deberá tratarlos como si de terrenos de nueva clasificación se tratara.
TOLERANCIA INDUSTRIAL
Estos terrenos se sitúan frente al casco urbano en el lado este de la carretera CV-685, con una superficie de
13,20 Ha. Están programados en su totalidad, contando con dos Planes Parciales, la zona Ovo, al norte del
término municipal, aprobado definitivamente el 27 de febrero de 2004 y El Pinaret, con aprobación definitiva de
30 de junio de 2006.
Sendos documentos se acompañaron de homologación modificativa con el objeto de cambiar el uso a residen-
cial, suprimiendo la tolerancia industrial. Sus superficies según los planes parciales, son (SUBE R1) 69.878,04
m2 para el sector OVO y (SUBE R2) 63.630,39 m2 para el sector Pinaret.
INDUSTRIAL
Los terrenos con calificación de aptos para urbanizar de uso industrial están situados al lado este de la carretera
CV-685, al sur del término municipal, con una superficie de 6,92 Ha.
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MEMORIA INFORMATIVA
Se encuentran programados y en fase de urbanización, siendo su aprobación de 7 de noviembre de 1995. La
superficie de este sector es según el plan parcial de (SUBE I1) 74.353,00 m2.
ENCLAVES INDUSTRIALES
Se trata en unos terrenos con una superficie de 1,12 Ha., al sureste del termino municipal, en el lado oeste de la
carretera CV-685.
Como se puede apreciar la totalidad de los terrenos clasificados como aptos para urbanizar se encuentran eje-
cutados, en ejecución o están siendo programados en la actualidad, por lo que podemos concluir que el modelo
territorial de las Normas Subsidiarias esta agotado.
Las 1.215,90 Ha., del termino municipal no clasificadas como suelo urbano ni apto para urbanizar, hasta alcan-
zar el total de 1.334,75 Ha., están clasificados como suelo no urbanizable en sus distintas categorías, según las
Normas Subsidiarias.
2. Riesgos potenciales observados en el territorio.
Para el estudio de los riesgos potenciales se han tenido en cuenta los procesos y riesgos contemplados en el
Mapa Geocientífico de la provincia de Valencia, así como en la Serie de Cartografía Temática de la Conselleria
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalitat Valenciana.
Estos son: vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos, deslizamientos, inundación, subsidencia y colapso,
riesgo sísmico y erosión.
En el riesgo de inundación se ha consultado el PATRICOVA (Plan de Acción Territorial de carácter sectorial
sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana).
Dado el carácter forestal de parte del término municipal, la incidencia en el medio y sus implicaciones en el pla-
neamiento, se ha tenido en cuenta el riesgo de incendio forestal.
2.1. RIESGOS GEOLÓGICOS
Los riegos geológicos resultan de la interacción de las actividades humanas y las características del medio
natural en el que estas se sitúan.
Es por esto que se hace necesario conocer estos riesgos de cara a evaluar la idoneidad de las actividades
humanas en el territorio, para evitar que no se den situaciones de riesgo ni para los bienes materiales ni para
las personas.
El riesgo ambiental se produce cuando se dan conjuntamente un medio vulnerable y una actividad
potencialmente generadora de riesgo.
Según la información de fuentes consultadas, citadas anteriormente, en el término municipal de Ador se
presenta riesgo de inundación, vulnerabilidad de las aguas subterráneas, riesgo de deslizamientos, subsidencia
y colapso, riesgo de erosión y riesgo sísmico.
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MEMORIA INFORMATIVA
Riesgos geológicos en el término municipal de Ador
TIPO DE RIESGO CATEGORIA LOCALIZACIÓN
Riesgo 1 - Cauce del río Serpis.
Riesgo de Inundación
Riesgo 6 - Cauce del río Vernissa.
(PATRICOVA)
- Existencia de cauces de la red de drenaje como líneas de desagüe en cauce Bco. de la Navesa.
- Bco. Llidoners y materiales cuaternarios en Enclave
Marxuquera.
ALTA
- Relieves de la Ermita y Lloma Roja.
- Materiales cuaternarios.
Vulnerabilidad de las aguas subterráneas - Parte alta de Bco. Llidoners en Enclave Marxuquera.
MEDIA - Loma del Cabeço-Castellarets.
- Sierra de Ador.
NULA - Afloramientos de arcillas y yesos del Keuper.
- Bco. Llidoners en Enclave Marxuquera.
DESPRENDIMIENTOS
- (*) Puntuales en zona de la Ermita.
Riesgo de Deslizamientos ALTO - Afloramientos de arcillas y yesos del Keuper.
MEDIO - Umbría de la Canaleta (Sierra de Ador).
Riesgo de Subsidencia y colapso - Afloramientos de arcillas y yesos del Keuper.
FASE LÍTICA - Sierra de Ador.
MUY ALTA - Umbría de la Canaleta.
Erosión Actual ALTA - Relieves de fuertes pendientes.
MODERADA - Parte alta Bco. Llidoners.
MUY BAJA - Materiales cuaternarios.
FASE LÍTICA - Sierra de Ador.
Erosión Potencial MUY ALTA - Todos los relieves del término.
MODERADA - Materiales cuaternarios.
ALTO - Término municipal salvo Sierra de Ador.
Riesgo Sísmico
MEDIO-BAJO - Sierra de Ador.
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2.1.1. Riesgo de Inundación
El riesgo de inundación en Ador, según el PATRICOVA, afecta a los cauces de los ríos Serpis, con riesgo de
grado 1; y el del río Vernissa, con riesgo de grado 6, aunque este se sitúa fuera del término municipal.
Además, en el cauce del Barranco de la Navesa se da un cauce de la red de drenaje del territorio, que confor-
ma una línea de desagüe de régimen intermitente.
Riesgo de Inundación en el término municipal de Ador
TIPO DE RIESGO CATEGORIA LOCALIZACIÓN
Riesgo 1 - Cauce del río Serpis.
Riesgo de Inundación
Riesgo 6 - Cauce del río Vernissa.
(PATRICOVA)
- Existencia de cauces de la red de drenaje como líneas de desagüe
en cauce Bco. de la Navesa.
La calificación de riesgo de inundación es la del PATRICOVA y responde a los siguientes criterios:
- Zona con Riesgo 1: Frecuencia de inundaciones < 25 años; calado > 0,8 m.
- Zona con Riesgo 6: Frecuencia de inundaciones entre 100 y 500 años; calado < 0,8 m.
Los cauces citados y su zona de uso público se califican como protegidos.
Como se aprecia en el mapa adjunto no existe ninguna incompatibilidad con la ordenación propuesta en el
Concierto Previo.
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